Información General

Información general de la Sociedad

URSUS­3 CAPITAL, AV, S.A. está constituida mediante escritura pública de 1 de Agosto de 2013 e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 30.775, Folio 175, Sección 8, Hoja M­553831, Inscripción 1ª y con CIF A86796182.

Como Empresa de Servicios de Inversión (ESI), figura inscrita con el número 251 en el Registro de Agencias de Valores de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), organismo responsable de nuestra supervisión.

Tenemos desarrollados avanzados sistemas de comunicación e información con nuestros clientes para la prestación de los servicios que nos permite nuestro programa de actividades aprobado por la CNMV.

Usted puede contactar con nosotros en nuestra lengua oficial, la lengua castellana, en nuestra sede oficial abierta en:

Nombre: URSUS3 CAPITAL, AV, S.A.
Dirección: C/ Juan Hurtado de Mendoza, 15 posterior, entreplanta derecha, 28036 MADRID
Teléfono: + 34 913531687
Fax: + 34 913501689
E-mail: info@ursus-3capital.com

El horario de atención a nuestros clientes es de lunes a viernes de: 09:00 – 14:00 y de 16:00 – 19:00

URSUS3 CAPITAL, AV, S.A. está adherida al Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN) para ofrecer cobertura de indemnización a nuestros clientes.

Programa de Actividades

URSUS3 CAPITAL, AV, S.A., conforme con el programa de actividades presentado ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), presta los siguientes servicios de inversión, servicios auxiliares y actividades accesorias:

1. Servicios de inversión.

  • - Recepción y transmisión de órdenes de clientes.
  • - Gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión con arreglo a los mandatos conferidos por los clientes.
  • - Asesoramiento en materia de inversión.

2. Servicios auxiliares.

Asesoramiento a empresas sobre estructura de capital, estrategia industrial y cuestiones afines, así como el asesoramiento y demás servicios en relación con fusiones y adquisiciones de empresas. Los instrumentos sobre los que se prestan los servicios de inversión y auxiliares son los siguientes:

  • - Valores negociables emitidos por personas o entidades, públicas o privadas, y agrupados en emisiones.
  • - Contratos de opciones, futuros, permutas, acuerdos de tipos de interés a plazo y otros contratos de instrumentos financieros derivados relacionados con valores, divisas, tipos de interés o rendimientos, u otros instrumentos financieros derivados, índices financieros o medidas financieras que puedan liquidarse en especie o en efectivo.
  • - Contratos de opciones, futuros, permutas, acuerdos de tipos de interés a plazo y otros contratos de instrumentos financieros derivados relacionados con materias primas que deban liquidarse en efectivo o que puedan liquidarse en efectivo a petición de una de las partes (por motivos distintos al incumplimiento o a otro suceso que lleve a la rescisión del contrato).
  • - Instrumentos financieros derivados para la transferencia del riesgo de crédito.
  • - Contratos financieros por diferencias.

3. Actividades accesorias.

  • - Recepción y transmisión de órdenes por cuenta de terceros, referido a los instrumentos:
    • · Planes de Pensiones del sistema individual y a las entidades de previsión social Voluntaria tal y como aparecen definidos en la legislación vigente de Planes y Fondos de Pensiones y de Entidades de Previsión Social voluntaria.
    • · Las participaciones de sociedades de Responsabilidad Limitada.
    • · Productos bancarios no incluidos en el art. 2 de la Ley de Mercado de Valores, como son: cuentas corrientes; cuentas de valores; depósitos bancarios; préstamos personales; productos de seguros de vida comercializados por entidades de crédito.
  • - Asesoramiento sobre inversiones.
    • · Los Planes de Pensiones del sistema individual y las entidades de Previsión Social Voluntaria, tal y como aparecen definidos en la legislación vigente de Planes Fondos de Pensiones y de la Entidades de Previsión Social voluntaria.
    • · Las participaciones de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
  • - Gestión de carteras.
    • · Los Planes de Pensiones del sistema individual y las entidades de Previsión Social Voluntaria, tal y como aparecen definidos en la legislación vigente de Planes Fondos de Pensiones y de la Entidades de Previsión Social voluntaria.
    • · Las participaciones de Sociedades de Responsabilidad Limitada.